El 27 de febrero pasado la cámara de diputados aprobó un dictamen que busca unificar diversas iniciativas respecto del cobro de comisiones por parte de los negocios por el uso de tarjetas bancarias como forma de pago.

¿Qué iniciativas analiza el presente dictamen?

Dichas iniciativas adicionan y reforman algunas disposiciones de la ley federal de protección al consumidor (LFPC), que tienen el objeto de aplicar sanciones y multas a quienes cobren al usuario comisiones adicionales por pagar con tarjetas bancarias. Las siguientes son las iniciativas de referencia.

1. Proyecto de decreto que reforma el artículo 126, y adiciona un artículo 15 bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por la Diputada Susana Cano Gonzáles, Morena.

2. Proyecto de decreto que adiciona el artículo 7 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrito por el Diputado Roberto Anuar Azar Figueroa, Pan.

3. Dos proyectos de decreto que reforman el artículo 127 y adiciona un artículo 7º. Ter a la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por la Diputada Blanca Araceli Narro Panameño.

4. Dos proyectos de decreto que adicionan el artículo 7 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por el Diputado Brígido Ramiro Moreno Hernández del grupo parlamentario del PT.

¿Cómo unificó la cámara de diputados estas iniciativas?

Los legisladores determinaron unir lo mejor de las cuatro propuestas, listadas anteriormente, en la adición del artículo 7º Ter y reforma del artículo 127, de la LFPC, para quedar de la siguiente forma:

ARTÍCULO 7º. TER.- Queda prohibido que los proveedores de bienes, productos o servicios, cobren comisiones, montos, cargos adicionales o equivalentes a los consumidores cuando estos utilicen como medio de pago tarjeta de débito, crédito o medio de disposición físico de recursos.

ARTÍCULO 127.- Las infracciones a lo dispuesto por los artículos 7 BIS, 7 TER, 13, 17, 18 BIS, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 45, 47, 48, 49, 50, 52, 53, 54, 55, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 67, 68, 69, 70, 72, 75, 77, 78, 79, 81, 82, 85, 86, QUATER, 87 BIS, 90, 91, 93, 95 y 113, serán sancionadas con multa de 701.15 a $2´243,671.49.

¿Cómo ha avanzado el dictamen?

El dictamen aprobado por la cámara de diputados fue enviado el día 3 de abril de 2024 a la cámara de senadores para su revisión y/o aprobación.

¿Qué consecuencias traería esta reforma para las empresas y negocios que aceptan el pago a través de tarjetas bancarias?

Las empresas y negocios que comercialicen productos o presten servicios y acepten el pago a través de tarjetas bancarias, deberán prestar especial atención a no realizar el cobro de comisiones adicionales al pago de dicho producto o servicio, de aprobarse la iniciativa por el senado y posteriormente sea sancionada por el ejecutivo.

Lo anterior ya que, de aprobarse la iniciativa de reforma a la LFPC en los términos antes descritos, aquellas empresas que se ubiquen en el supuesto que el legislador pretende regular y que ha quedado descrito en el párrafo anterior, podrían incurrir en una actividad que detone el pago de una multa que podrá ir de $701.15 (setecientos y un pesos 15/100 m.n.) a los $2´243,671.49 (dos millones doscientos cuarenta y tres mil seiscientos setenta y un pesos 49/100 m.n.).

Las fuentes de esta nota son las siguientes:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2024/03/asun_4723211_20240320_1710962184.pdf

https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/boletines/diputadas-y-diputados-avalan-dictamen-que-prohibe-el-cobro-de-comision-por-pago-con-tarjeta-de-credito-o-debito

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Por equipo de derecho corporativo.