El comercio digital ha tenido un notable crecimiento, especialmente durante la pandemia de COVID-19, al convertirse en
una alternativa clave para la compra y venta de productos en línea. Aunque no es un fenómeno nuevo, persisten preocupaciones sobre su seguridad y confiabilidad.

Para mitigar estos riesgos, se subraya la necesidad de una legislación más sólida, como la Ley de Ciberseguridad, que proteja a los consumidores y fomente la confianza en este tipo de comercio.

En este sentido, el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) incluye disposiciones en su Capítulo 19 para crear un entorno más seguro para el comercio digital, abordando temas como la protección de datos, la eliminación de barreras comerciales y la responsabilidad de las plataformas en línea.

Para fortalecer la certeza jurídica en este ámbito, se propone una reforma legal en México que se alinee con los estándares internacionales, reconociendo el comercio digital como una oportunidad para el crecimiento económico y la modernización del comercio en el país.

La iniciativa se presentó en la Cámara de Origen (Senadores), el 12 de noviembre del año 2024.

Se encuentra pendiente de discusión en las Comisiones Unidas de Estudios Legislativos.

La iniciativa fue presentada por la Senadora Jesús Lucía Trasviña Waldenrath (Morena).

Pretende regular los artículos 2, 3 y 13 de Ley Federal de Protección al Consumidor y los artículos 18 y 75 del Código de Comercio. Dichos artículos están relacionados con el capítulo 19 del T-MEC (Tratado de México, Estados Unidos y Canadá).

Sus principales objetivos son:

Entender por:

Consumidor: persona física o moral que adquiere, realiza o disfruta como destinatario final de bienes, productos o servicios, incluyendo los que se encuentran en el entorno digital o electrónico.

Proveedores de contenido de información: toda persona física o moral que crea o desarrolla, de manera completa o en parte, la información provista a través de internet;

Actualizar la denominación de la Ciudad de México; en la determinación de que estarán obligados a cumplir con lo que señale la Ley siempre y cuando sean proveedores o consumidores.

Destacar que la Profeco verificará a través de visitas, requerimientos de información o documentación, monitoreos físicos y digitales, o por cualquier otro medio el cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Determinar que en el Registro Público de Comercio se inscribirán los actos mercantiles así como aquellos que se relacionan con los comerciantes, incluidos aquellos que realicen actividades comerciales dentro del entorno digital e internet, y que conforme a la legislación lo requieran.

Añadir que la ley reputará actos de comercio sobre todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajos o labrados, incluyendo las que se realizan en el entorno digital.